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BRISAS DE FOZ

Participar no implica sustituir al gobierno local, implica intervenir en el debate y en la aportación de un posicionamiento al respecto de la gestión de los asuntos locales…

Tenía pendiente de hablar acerca de aquella segunda consigna, que relataba en mi anterior escrito, utilizan la mayoría de  los partidos en sus mítines, para fundamentar su bondad. Terminaba, el citado escrito, afirmando que ese estribillo de que, queremos contar con los vecinos, es una manera simple de simular la adaptación a la realidad imperante. Trataré de fundamentar mi afirmación:

1.- En 1985; es decir, hizo 30 años el 2 de Abríl, se promulga la Ley 7/1985, reguladora de las Bases del Régimen Local. Ley que fue revisada en Diciembre del 2013 y que está vigente. En su Art. 18.1.b) describe como un derecho de los vecinos: “ Participar en la gestión municipal de acuerdo con los dispuesto en las leyes…/…”. De la lectura de esta expresión del derecho de los vecinos- reparen que no dice ciudadanos- solo se puede interpretar que este derecho se extiende sobre toda la gestión que les compete a los representantes políticos de los ciudadanos. Pues bien, ¡!Vamos a contar con los vecinos!!  o ¡!Vamos a consultar a los vecinos!!  o ¡!Vamos a preguntar a los vecinos!! no son expresiones de las que quepa desprender que, los vecinos van a participar en la gestión municipal. Van a ser utilizados como coartada dándoles pábulo en algunas de las cosas que, los representantes políticos, quieran, y por tanto decidan,  en cada momento. El ejemplo empírico lo tenemos en el reciente montaje realizado por la Diputación de Lugo acerca de los Orzamentos Participativos, donde solo y exclusivamente  permitían focalizar una supuesta inversión en tres de las doce áreas donde ya venía operando el Ente. Esa actuación, era la que constaba por escrito, y lo que se realizó, en los encuentros desarrollados en los partidos judiciales de toda la provincia, y de cuyos resultados informó el Ente en su WEB  durante un tiempo; luego, comenzaron los tejemanejes que permitieron a los dirigentes políticos de la Entidad, focalizar gastos y subvenciones donde quiera que había posibilidades de motivar el voto. Hay constancia escrita de áreas focalizadas por participantes en aquellos actos y que no figuraron nunca en las estadísticas de los resultados, y ahora, vemos como se imputan acciones a peticiones de los vecinos, que no constaban en aquellas estadísticas. Pues eso, amigos míos, es lo que hay detrás de estas frases: Queremos contar, vamos a preguntar o vamos a consultar.

2.-En la misma Ley y en su Art. 70 bis, que fue introducido por el apartado 3 del art. Primero – párrafo donde comienza así: (En materia de participación ciudadana, se establecen unos estándares mínimos que constituyen los mecanismos necesarios para su potenciación: el establecimiento de la necesidad de reglamentos orgánicos en todos los municipios …/…)-  de la Ley 57/2003, de medidas de modernización del gobierno local, se mandata- como diría la Presidenta en funciones de Andalucía- : “1Los ayuntamientos deberán establecer y regular en normas de carácter orgánico procedimientos y órganos adecuados para la efectiva participación de los vecinos en los asuntos de la vida pública local, tanto en el ámbito del municipio en su conjunto como en el de los distritos, en el supuesto de que existan en el municipio dichas divisiones territoriales”. Fíjense que no dice en algunos asuntos. Los asuntos, son todos los asuntos. Reservando, la decisión final para el representante político electo, en tanto que Gobierno y Administrador municipal; es decir, participar no implica sustituir al gobierno local, implica intervenir en el debate y en la aportación de un posicionamiento al respecto de la gestión de los asuntos locales…/…, como recoge el Art. 24 de la Ley 57/2003

3.-La predisposición cicatera de los políticos es evidente en las leyes que éllos promueven y procuran la máxima restricción a la intervención del ciudadano y del vecino en la participación real y efectiva en los asuntos de la vida política local. Esto es fácil de desprenderlo de la lectura del  Capítulo V, Secciones 1,2y 3 de la Ley 5/1997, con revisión en el 2012 y vigente hasta mayo de este mismo año 2015. Podrán observar el recorte fenomenal en la interpretación de lo dispuesto en las Leyes enumeradas en los puntos 2 y 3 de este escrito.

4.-En los distintos mítines y debates de estos días, yo nunca percibí que político alguno anunciare que piensan cumplir lo normalizado al respecto de la promoción y sostenimiento de la AAVV. Toda ayuda o subvención, la destinan a actividades que no intervengan en su gestión. Procuran mantener entretenidas a la AAVV en actividades, fundamentalmente, de carácter lúdico  y/o folclórico, pero nada que tenga relación con los intereses generales de los vecinos que es el fin primordial y fundamental de este tipo de asociaciones, y por el cual, la propia Ley las reconoce como entes de participación. Item más ¿Conocen vds alguna acción, durante los últimos cuatro años, de algún partido político a favor de promocionar el asociacionismo vecinal?. Yo, ninguna. Y, créanme que les he buscado con anhelo para utilizarlas como ejemplo a seguir

 

 

 

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