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BRISAS DE FOZ

En Foz, las fuerzas políticas que se habían comprometido en campaña electoral a desarrollar este Estatuto, antes de concluír 2015, están, en el 2017, a verlas venir.....

En el Concello de Madrid, su equipo de gobierno, organizó estos días una especie de referéndums o consultas populares para avalar algunas de las estrambóticas acciones que se traen entre manos. Una de ellas, retirar el nombre del Rey( no tendrá Madrid, sus moradores, otras necesidades más enjundiosas) a un parque público. Se remitió, escuché, a los vecinos de la zona,  unas encuestas, por correo prepagado, para saber si deseaban ese cambio o no. Parece que contestaron un 3%  y, de ese 3% la  mitad dijeron si, la otra mitad dijeron no. Se prevé, dado el elogio posterior al acto, por parte de los organizadores, que se tomará el sí como argumento para el cambio. Esto alarmó mucho a los escribidores y analistas políticos de pacotilla. No, por el cambio en sí, y sí porque, dicen, esto es un intento de desprestigiar la democracia representativa, sustituyéndola por la mal llamada democracia directa, que, sostienen, han inventado los nuevos partidos de la izquierda radical.

Lo cierto es que, ese inventó , tiene su origen en la izquierda radical del PSOE. Fue Zapatero quien exhortó, públicamente en un meeting, creo recordar que en Extremadura,  a sus huestes a tomar las Asociaciones de Vecinos, como hicieran antes del advenimiento de esta democracia, para desde ahí, los barrios, imponer su ideología. Fruto de ese plan para laminar la, ya escasa,  sociedad civil que representan esas Asociaciones, fueron la confección de Estatutos de Participación Ciudadana que desarrollaron por doquier los socialistas de Zapatero y Sánchez. Aquí, en la Mariña, tenemos algunos ejemplos, como el aprobado por el Pleno Municipal de Lorenzana, donde se definen: Comisiones vecinales parroquiales y de entidades menores de población que el Concello considere ¿….? y  Asambleas de Comisiones vecinales; es decir, órganos de participación directa, sin entidad jurídica propia, manipulables por el poder a su conveniencia.

Desde comienzo de siglo, la CE vino alertando y recomendando, a los países miembros, que se desarrollaran leyes y normas que permitieren a las Asociaciones de Vecinos ( no confundir con las comisiones vecinales, pues estas, las Asociaciones de Vecinos son entidades con personalidad jurídica propia, y por tanto, regidas por  leyes generales, en este caso una Orgánica, la 1/2002 de 22 de marzo) y Sectoriales, participar en el desarrollo de la vida política local. Se han desarrollado diversos aspectos, dentro de Leyes, que perfilan:  como, cuando y en donde, debe producirse esta participación, sin embargo, aunque es obligatorio, por Ley (Todos los vecinos/as del Concello  tienen derecho a participar en la gestión municipal, directamente, de forma individual, o colectiva, a través de las Asociaciones  u otras entidades ciudadanas; plataformas; coordinadoras; federaciones, etc . Art.  18 de las LRBRL  y 69.1 y 2 de la LRBRL  y , Art. 18 de la Ley  57/2003. ) no todos los Concellos han elaborado una norma, el Estatuto de Participación Vecinal, y, en el caso en que lo hicieron, lo fue directamente por los políticos sin participación de los vecinos, por lo que se ve drásticamente impedida la participación pergeñada en las leyes, pero, además, están archivados y fuera de uso. En buena medida, porque las Asociaciones consideradas, por Ley, entidades de Participación (  se consideran entidades  con derecho a participación ciudadana(Art. 255. 1 y 2 Ley 5/1997) las constituidas, conforme a Ley,  para la defensa de los intereses generales  y/o sectoriales de los vecinos,  y sus federaciones, que se hallen registradas en los: Registro General de Asociaciones Autonómico y en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de acuerdo con los procedimientos que rijan, a tal efecto, en todo momento.) no hacen nada para que se utilicen; en casos, más bien lo contrario. Fruto de todo ello, tenemos esas consultas viciadas y manipuladas que nos están conduciendo a hechos y actos deleznables muy propios de Naciones donde el Estado está parcialmente missing .En Foz, las fuerzas políticas que se habían comprometido en campaña electoral a desarrollar este Estatuto, antes de concluír 2015, están, en el 2017, a verlas venir, esperando que, alguien se convierta en salvador de esta comarca, en las próxima elecciones,  y la rija a golpe de reunirse en la plaza del Conde de Fontao con unas docenas de afines e impongan  sus atrabiliarias inquietudes hasta arruinar el pueblo. Mientras tanto la Ley se pasa por el arco del triunfo de cada cual: La Ley 57/2003, medidas para la modernización del gobierno local, en su exposición de motivos punto III, recoge  “ En materia de participación ciudadana, se establecen unos estándares mínimos que constituyen los mecanismos para su potenciación: el establecimiento de la necesidad de reglamentos orgánicos en todos los municipios en materia de participación ciudadana, que, determinen y regulen los procedimientos y mecanismos adecuados para hacerla efectiva…./….”.

Esta PARTICIPACIÓN sería la segunda pata de la Democracia, la Participativa, que debería complementar a la Representativa, pero los políticos sucesivos, han pretendido atesorar todo el poder en sus manos, y ahora, hemos saltado la Democracia Participativa y pasado a la Directa, aunque, eso sí, sus actuantes, han usurpado el nombre y a eso que practican, le llaman Participar las Gentes. 

 

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